MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 601/2023
RESOL-2023-601-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2023
VISTO el Expediente EX-2023-93287572-APN-DGRRHH#MSG, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 1035 del 8 de noviembre de 2018 y modificatorio, 328 del 31 de marzo de 2020, las Decisiones Administrativas Nros. 67 del 26 de enero de 2022, 219 y 222 del 25 de febrero de 2022, 1080 del 31 de octubre de 2022, 1143 del 11 de noviembre de 2022, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 803 del 24 de noviembre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el VISTO tramitan las prórrogas de diversas designaciones transitorias efectuadas en distintas áreas de la jurisdicción.
Que por razones de índole operativa, no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura de los cargos en cuestión.
Que por el artículo 3° del Decreto N° 1035/18 se facultó a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.
Que por el artículo 1° del Decreto N° 328/20 se autorizó a los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/20, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas, no pudiendo exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días.
Que por el Decreto citado precedentemente se estableció que el acto administrativo que disponga la prórroga deberá comunicarse a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días del dictado del mismo.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que existe crédito suficiente en el presupuesto de la Jurisdicción, para hacer frente al gasto que demande la medida que se propicia.
Que ha tomado intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la Jurisdicción.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las facultades contempladas en los artículos 3° del Decreto Nº 1035/18 y 1º del Decreto N° 328/20.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dense por prorrogadas, a partir de las fechas de sus vencimientos que en cada caso se señala y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, las designaciones transitorias de las y los agentes consignadas/os en la planilla que como ANEXO (IF-2023-95103734-APN-DGRRHH#MSG), forma parte integrante de la presente, en los cargos de la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, niveles, grados y funciones, conforme el detalle que allí se indica y en las mismas condiciones a las dispuestas por las Decisiones Administrativas Nros. 67/22, 219/22 y 222/22 –prorrogadas por la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 803/22-, 1080/22, 1143/22.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA a comunicar el presente acto administrativo a la SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro de los CINCO (5) días de dictado el mismo, de conformidad con el artículo 2° del Decreto N° 328/20.
ARTÍCULO 3°.- Los cargos involucrados en el artículo 1º de la presente medida deberán ser oportunamente cubiertos, conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes y según lo establecido en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de las fechas consignadas en la planilla que como ANEXO (IF-2023-95103734-APN-DGRRHH#MSG) forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, se imputará con cargo a la partida específica del presupuesto de la Jurisdicción aprobado para el corriente ejercicio.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/09/2023 N° 70827/23 v. 07/09/2023
Fecha de publicación 07/09/2023